CONFLICTOS LABORALES
Consultas Frecuentes
Si renuncio ¿Me corresponde indemnización?
En muchos casos corresponde una indemnización y en caso de renunciar es muy difícil reclamarla. Aconsejamos que antes de tomar cualquier decisión consulte a un abogado especialista en derecho laboral. En Flavia D. Trombetta & Asoc. lo asesoraremos para que se desvincule adecuadamente de su trabajo y perciba lo que corresponda.
Me despidieron ¿Qué hago?
Si su empleador lo despidió sin causa o con una causa injustificada, tiene derecho a cobrar una indemnización. Lo recomendable es enviar un telegrama dentro de las próximas 48 hs. y que el mismo sea redactado por un profesional.
Estoy trabajando en negro ¿Puedo reclamar que me registren correctamente?
En cualquier momento puede iniciar un reclamo e intimar mediante telegrama a su empleador a que lo registre debidamente. Si no lo hace puede considerarse injuriado y despedido, reclamando la indemnización correspondiente. Recomendamos que el telegrama sea redactado por un abogado especialista en derecho laboral.
No me dejan ingresar a mi lugar de trabajo ¿Qué puedo hacer?
Su empleador está obligado a permitirle el ingreso. En caso de que no lo haga, se lo debe intimar a hacerlo de manera fehaciente e inmediata, dado que de lo contrario puede despedirlo invocando “ABANDONO DE TRABAJO”.
No me dan tareas acordes a mi categoría profesional ¿Qué puedo hacer?
Es obligación de su empleador brindar trabajo adecuado, acorde a su calificación o categoría profesional. En caso de que no lo haga, se lo debe intimar a hacerlo de manera fehaciente y, en caso de negativa, considerarse injuriado y darse por despedido, reclamando la indemnización correspondiente.
Me suspendieron injustamente ¿Puedo reclamar?
Para que la suspensión sea considerada válida, debe existir una causa justificada, tener un plazo fijo y ser notificada por escrito. Si no se cumplen estos requisitos, dentro de los 30 días puede impugnar formalmente la suspensión, explicando cuál es el motivo por el cual considera injusta la suspensión decidida.
No me pagan el sueldo ¿Qué hago?
Su empleador tiene la obligación de abonarle la remuneración en tiempo y forma. Debe hacerlo en un plazo máximo de hasta cuatro días hábiles (de lunes a viernes) del mes posterior. Si no lo hizo, tiene derecho a intimarlo a que le abone inmediatamente la remuneración mediante un telegrama y en caso de que guarde silencio o de rechazo, puede darse por despedido resultando acreedor de una indemnización agravada.
Estoy en blanco pero no sé si me están haciendo los aportes.
En el caso de que su empleador no haga los aportes corrrespondientes, puede intimarlo y oportunamente considerarse injuriado y despedido exigiéndole una indemnización. Puede averiguar si le hacen los aportes en este link: https://www.afip.gob.ar/aportesenlinea
Estoy registrado en una categoría diferente a las tareas que realizo.
Es necesario que intime a su empleador para que lo registre en la categoría que corresponda y con el sueldo acorde a esa categoría. Además, puede reclamarle diferencias salariales. En caso que se niegue a hacerlo, puede considerarse injuriado y despedido, con derecho a reclamar indemnización.
Me modificaron los días y horarios de trabajo. ¿Puedo reclamar?
Siempre que esta variación lo perjudique en algún aspecto, puede intimar fehacientemente a su empleador explicando el motivo por el cual considera abusivo el cambio decidido y los perjuicios que le genera el mismo. En caso que no lo haga, puede reclamar una indemnización.
Mi recibo el sueldo no coincide con lo que realmente me abonan.
En este caso, debe intimar fehacientemente a su empleador a que lo registre en debida forma mientras la relación laboral se encuentre vigente. En caso que no lo registre como corresponde, tiene derecho a considerarse injuriado y despedido, reclamando la indemnización correspondiente.
En mi recibo figura mal registrada mi fecha de ingreso.
Es recomendable que intime fehacientemente a su empleador a que lo registre en debida forma mientras la relación laboral se encuentre vigente. En caso que no lo registre como corresponde, tiene derecho a considerarse injuriado y despedido, reclamando la indemnización correspondiente.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer reclamos laborales?
El plazo para realizar reclamos laborales es de dos (2) años.